lunes, 21 de noviembre de 2011

El TS reconoce que se tiene derecho a acceder a informes ambientales finalizados


Una reciente sentencia que ha notificado recientemente ha reafirmado la obligación de la Administración de permitir el acceso a informes aun cuando no se haya terminado el procedimiento administrativo. Esta interpretación desestima la pretensión de la Administración general del Estado de evitar su acceso basándose en que eran documentos inconclusos, excepción al derecho de acceso que preveía la Ley 38/1995, de 12 de diciembre, sobre el derecho de acceso a la información en materia de medio ambiente y ahora la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

La Sentencia del Tribunal Supremo 6202/2011, de 29 de Septiembre de 2011, resuelve el recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 11 de marzo de 2008, en la que se resolvieron dos denegaciones de acceso a la información ambiental de la Confederación Hidrográfica del Ebro en relación con el Programa de Puesta en Carga de la Presa de Itoiz.

Denegación inicial de los Informes de denegación de presas por estar inconclusos.

Inicialmente un particular y el Ayuntamiento de Valle de Longuida solicitaron a la Confederación Hidrográfica del Ebro
-"1º.- Copia íntegra de todos los Informes de auscultación de las dos presas Itoiz, realizados entre el 1 de enero de 2003 y la actualidad, incluidos en su caso los apéndices.
-2º.- Copia íntegra de todos los Informes de auscultación de las laderas vertientes al vaso del embalse de Itoiz, realizados entre el 1 de enero de 2003 y la actualidad, incluidos en su caso los Apéndices."

Ante la solicitud formulada, se informó por el Jefe del Área del Proyectos y Obras de la CHE por relación al art. 28 del Reglamento de Seguridad de Presas y Embalses que, dada la naturaleza de la fase de puesta en carga de la presa, la documentación generada al respecto tiene un carácter provisional y está sujeta a continuos cambios, de modo que, concluía, no procedía por tanto proporcionar tal información. Con base en la exposición de tal informe entendió la Resolución ahora recurrida que los datos de que se trataba tenían carácter provisional y, por tanto, no procedía su entrega al interesado ...>> (Antecedente de Hecho segundo).

El artículo 3.3 de la Ley 38/1995, de 12 de diciembre, preveía que las Administraciones públicas podrán denegar una solicitud de acceso a la información sobre medio ambiente cuando afecte a documentos o datos inconclusos. Actualmente, la vigente Ley 27/2006 matiza y aclara este motivo de denegación de la siguiente forma:

  1. Que la solicitud se refiera a material en curso de elaboración o a documentos o datos inconclusos. Por estos últimos se entenderán aquellos sobre los que la autoridad pública esté trabajando activamente. Si la denegación se basa en este motivo, la autoridad pública competente deberá mencionar en la denegación la autoridad que está preparando el material e informar al solicitante acerca del tiempo previsto para terminar su elaboración.

La abogacía del Estado se acogió a este motivo de denegación (en la redacción de 1995) y mantuvo judicialmente la naturaleza "inconclusa" de los documentos solicitados.

El TS ratifica el razonamiento de TSJ de Aragón según el cual no es lo mismo “documento inconcluso” que “procedimiento inconcluso”. Una vez que un documento está terminado existe el derecho de poder acceder a él independientemente de si el procedimiento del que forma parte ha finalizado o no.

Razonamiento del Tribunal Superior de Justicia de Aragón:

CUARTO.- […] La falta de definición legal de qué pueda entenderse por documento inconcluso no permite entender como tal todo aquel documento cuyo contenido pueda ser luego modificado por datos o apreciaciones posteriores, puesto que tal consideración impediría finalmente considerar concluidos todos los documentos hasta que se pudiera fin al expediente tramitado o en el caso de autos, a la obra hecha y las memorias finales a presentar. Por el contrario, una vez que el documento queda fijado en su propio contenido y finalidad en el momento en que es expedido y, en su caso, suscrito por quien lo confecciona debe entenderse concluso, por tener por sí eficacia bastante. Y respecto de los informes de que se trata, es indudable que el informe hecho para valorar la resistencia del terreno o los extremos que técnicamente corresponda son documentos que por sí solos tienen la eficacia que les pueda corresponder.

El hecho de que posteriormente, visto el desarrollo de los acontecimientos o hechas las nuevas valoraciones fácticas, técnicas o jurídicas, se produzca el cambio de lo que el primer documento pudo contener podrá dar lugar a la modificación de su contenido, pero no por ello aquel documento puede ser considerado inconcluso, sino, en todo caso, equivocado en su previsión o apreciaciones.

QUINTO.- Por tanto, el posible valor relativo de los informes interesados y su documentación técnica, derivado de su carácter de mera recogida de datos o previsión que puede verse alterada luego, no suponía que aquellos documentos fueran inconclusos, puesto que no se trataba de un documento en formación, redacción o borrador, sino de informes a valorar luego en todo el proceso de construcción y utilización de las obras hidráulicas para cuyo fin se hacían. Por ello, en aplicación de la normativa citada, y que es de aplicación, el recurrente tenía derecho al acceso a tal información. Y la resolución recurrida, por tanto, incurrió en motivo de anulación por infringir tales normas en su decisión. Y no existiendo norma imperativa alguna distinta de las expuestas que deslegitime la petición del actor, procede estimar la demanda rectora del procedimiento 317/04, en la medida en que solicita lo que interesó ante la Administración>>.


Razonamiento del Tribunal Superior de Justicia de Aragón:

“Como acertadamente señala la Sala de instancia en la sentencia recurrida, no se puede confundir -como pretende la Administración recurrente- un "informe inconcluso" -es decir en fase de borrador, pendiente todavía por ejemplo de firma por su autor, o de su preceptiva conformidad por el jefe de la unidad técnica correspondiente- con un "expediente inconcluso" en el que figuran sucesivos informes -todos ellos "conclusos"- a los que se podrán ir añadiendo nuevos datos o resultados de distinto signo conforme avancen las distintas fases del procedimiento administrativo. En este segundo supuesto de "expediente inconcluso" o inacabado, porque todavía carece de resolución final de archivo, los documentos a él incorporados -como son, en el caso que examinamos, los informes de auscultación del embalse ya emitidos, solicitados por el Sr. Norberto ; o el "Programa de Puesta en Carga" expedido en la fase de llenado de la presa requerido por el Ayuntamiento de Longuida- son documentos evidentemente conclusos, aunque el procedimiento administrativo todavía no haya finalizado y no se excluya la posibilidad de que se emitan luego otros informes conforme a los nuevos datos que, en su caso, vayan apareciendo durante la ejecución del proyecto.”
A esa misma conclusión llegó esta Sala del Tribunal Supremo en otros casos similares como son los examinados en las sentencias de 3 de octubre de 2006 (casación 2424/2003 ), 4 de abril de 2006 (casación 311/2003 ), 17 de febrero de 2004 (casación 3457/2000 ) y 28 de octubre de 2003 (casación 3928/1999 ). En ellas se realiza una exégesis del artículo 3.3 de la Ley 38/1995, de 12 de diciembre , tomando como punto de partida la interpretación extensiva otorgada por la jurisprudencia comunitaria a la materia de "medio ambiente" y el criterio de transparencia con el que debe ser tratada, así como el espíritu y finalidad de la Directiva 90/313/ CEE de 7 de junio de 1990 , de la que trajo causa dicha Ley 38/1995 y la posterior Directiva 2003/4 / CE de 28 de enero de 2003 que la sustituyó tras el Convenio de Aarhus de 25 de junio de 1998 y la posterior Ley 27/2006, de 18 de julio , actualmente vigente, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. De la fundamentación de la sentencia citada en primer lugar - sentencia de 3 de octubre de 2006 (casación 2424/2003 )- extraemos los siguientes párrafos:

lunes, 31 de octubre de 2011

Aprobadas nuevas restricciones económicas en procedimientos judiciales para la defensa de los intereses colectivos.

Las últimas modificaciones de las leyes por las que se rigen los procedimiento judiciales incorporan nuevas medidas que intentan agilizar la justicia incluyendo más barreras de carácter económico.

En el final de la legislatura, se ha aprobado la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal que modifica varias leyes sobre procedimientos judiciales para intentar hacer frente a la subida exponencial de la litigiosidad, especialmente en el orden civil.

Aunque algunas de estas medidas son bienvenidas por intentar simplificar los trámites, otras tienen mucho más calado porque suponen la limitación de poder acceder a la tutela judicial efectiva al imponer barreras económicas anteriormente inexistentes.

Las limitaciones que se introducen en el orden contencioso-administrativo, el ámbito en el que se revisan las actuaciones de las regulaciones y actuaciones de las diferentes administraciones va a suponer una traba más a la labor de denuncia de las ilegalidades cometidas por quien deber velar por el objetivo de los intereses generales.

Recomiendo la lectura de la nota de prensa de Ecologistas en Acción al respecto en la que se denuncian las graves repercusiones que tiene sobre la actuaciones de las organizaciones . Las modificaciones legislativas van a implicar una seria limitación al acceso a la justicia de asociaciones ecologistas que hasta el momento vienen defendiendo precariamente los intereses colectivos de la sociedad, poniendo de relieve las auténticas arbitrariedades de los poderes públicos.

Lejos de atajar las causas de la lentitud de la justicia, la ley 37/2011 refuerza una vez más las mordazas que se deben sufrir en la denuncia de la ilegalidad. Como se dice en la nota de prensa, “medidas como las adoptadas en esta Ley supondrán un nuevo paso en la gran brecha que se está abriendo entre las instituciones y la sociedad”.

 Nota de prensa Ecologistas en Acción.

El Blog de Sevach: Aprobada definitivamente la Ley de Agilización Procesal



miércoles, 12 de octubre de 2011

Aprobadas Directrices de conservación de la Red Natura 2000

Ya se han publicado oficialmente las Directrices de conservación de la Red Natura 2000. En el BOE de 244 de 10 de octubre de 2011, se recoge la Resolución de 21 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se publican los Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en materia de patrimonio natural y biodiversidad. Entre estos acuerdos, se encuentra la aprobación las “Directrices de conservación de la Red Natura 2000. Las Directrices pueden consultarse en la web del MARM

La Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad faculta al El Ministerio de Medio Ambiente a que con la participación de las Comunidades autónomas, elabore unas directrices de conservación de la Red Natura 2000 en el marco del Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad

Estas directrices constituirán el marco orientativo para la planificación y gestión de dichos espacios y serán aprobadas mediante acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente (art. 41. 3 LPNB).

Un instrumento de estas características ha sido largamente esperado desde que se previera en la Ley 4/1989. Aplicadas a la Red Natura, la asociaciones ecologistas solicitaron en el 2002 la aprobación de unas directrices similares donde se establecieran directrices y criterios orientadores sobre planificación y gestión de espacios[3].

La validez de las Directrices para la Ordenación de los recursos Naturales fue cuestionado por las Comunidades Autónomas que recurrieron determinados preceptos de la Ley 4/1989, de conservación de espacios naturales flora y fauna pero la Sentencia 102/1995 respaldó su aprobación advirtiendo la necesidad de que existan esas Directrices, básica en sí misma, no puede conllevar el carácter básico anticipado de las reglas concretas que se dicten al amparo del precepto, cuya impugnación, en su día, queda abierta” (art. 8 LCEN) [4].

Importancia de las Directrices

Debe destacarse la iniciativa esperada de dotar de unas directrices comunes en todo el territorio del Estado que guíen la siguiente fase de la construcción de la Red Natura 2000. No en vano, una gestión efectiva de la una efectiva gestión del sistema de áreas protegidas requiere una aproximación coordinada con respecto a las unidades que componen el conjunto del sistema y con otros usos y actividades que inciden sobre el territorio. Este aspecto es de vital importancia para la adecuada concurrencia de niveles políticos que deben concurrir para una adecuada protección de los intereses públicos. 
 
Esta coordinación necesita una dirección global que provea una dirección al conjunto y establezca directrices a la gestión del espacio natural. Los planes de manejo o gestión por su parte, en un nivel inferior, ofrece una amplio marco para las actuaciones locales, entre otros aspecto, integrando las líneas maestras de las directrices, articulando los objetivos específicos del lugar, controlando los programas de conservación necesarios o estableciendo la zonificación precisa para el control de los usos y actividades [1].

Si a nivel comunitario deberían existir unas directrices guiadas por los objetivos que persiguen las dos Directivas Aves y Hábitats, también deberían aprobarse un marco global de gestión a nivel estatal. En lo que se refiere a las directrices de ordenación previstas en la antigua ley 4/1989 siempre se ha echado en falta un liderazgo que permitiera unos criterios mínimos comunes en la gestión de los recursos.

Las directrices de ordenación pueden facilitar uno de los aspectos que deben sustentar una red ecológica en un territorio complejo, esto es, un primer escalón en la planificación del sistema de espacios protegidos que defina los elementos estructurantes de carácter permanente tanto del conjunto del sistema como de cada espacio que forma parte de él e incluya su relación con la planificación territorial y la definición de sus contenidos [2].

Estructura y contenido de las directrices

Como indica el apartado de “Fundamentos Técnicos” las secciones en las que se agrupan las Directrices de conservación de la Red Natura 2000 obedecen a una agrupación sistemática y ordenada de conceptos basada en la lógica de la planificación. Lo esencial es que lo señalado en ellas quede incorporado en el instrumento de gestión, independientemente de la forma final que éste adopte.

La finalidad es que los instrumentos de gestión de la Red Natura 2000 se elaboren con una lógica técnica que responda a los objetivos de conservación que se pretenden alcanzar. Para ello se establecen pautas que aseguren una conexión clara entre objetivos a alcanzar y medidas de actuación.

Además de establecer unos “Principios Generales”, en la redacción de las directrices se ha optado por segmentar su contenido en “Directrices” propiamente dichas y vinculantes, y “Recomendaciones”, sin ese carácter imperativo.

Las directrices y recomendaciones se enmarcan en los siguientes apartados.

1. ÁMBITO TERRITORIAL
2. INVENTARIO
3. ESTADO DE CONSERVACIÓN
4. OBJETIVOS
5. ZONIFICACION
6. MEDIDAS Y ACCIONES
7. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
8. EVALUACIÓN ECONOMICA Y PRIORIDADES
9. COHERENCIA DE LA RED
 
Valoración.
 
Es muy loable la calidad técnica del documento. Desde el punto de vista jurídico, se percibe un documento muy trabajado, conciso y exhaustivo. Precisamente sorprende por las referencias que tenemos a la normativa básica abstracta y genérica. El espíritu que subyace a las directrices se sintetiza en este párrafo “la finalidad de estas Directrices es que los instrumentos de gestión de la Red Natura 2000 se elaboren con una lógica técnica que responda a los objetivos de conservación que se pretenden alcanzar en los espacios que conforman la Red. Para ello se han establecido pautas que permitan y aseguren una conexión clara entre medidas de actuación y objetivos a alcanzar, evitando así que los instrumentos de gestión se conviertan en unos documentos vacíos de contenido y con propuestas inconexas y poco mensurables.”
 
Frente a la valoración discrecional de la administración a veces con excesivo alejamiento de los objetivos de conservación de las ZEPAs y ZECs, lo que permiten las directrices y nos permitirían es reducir ese ámbito de discrecionalidad en base a criterios comunes de carácter técnico.



[1] DAVEY A. G., National System Planning for Protected Areas, IUCN, Gland, Switzerland and Cambridge, UK, 1998 Pág. 28 (URL: http://www.iucn.org/about/work/programmes/pa/pa_publications/?333/National-System-Planning-for-Protected-Areas, última consulta 12/10/2011)
[2] EUROPARC-España, Plan de acción... op. cit. Pág. 47 (http://www.redeuroparc.org/documentos_anexos/planaccion.pdf, última consulta 10/11/2011] 
[3] ECOLOGISTAS EN ACCIÓN, GREENPEACE, SEO/BIRDLIFE Y WWF/ADENA, “225 medidas para el Desarrollo Sostenible” presentadas por estas asociaciones el 21 de febrero de 2002 al Ministerio de Medio ambiente que deben ser contempladas por la futura Estrategia Española de Desarrollo Sostenible (EEDS) para convertirse en un instrumento eficaz. Apartado 9, medida propuesta nº 7.
[4] STC 102/1995. Fundamento decimocuarto.

martes, 4 de octubre de 2011

Recopilación de Twits - Seminario sobre Valoración Económica de la Biodiversidad

El pasado 30 de septiembre y 1 de octubre, Ecologistas En Acción ha celebrado un interesante seminario con el título ¿Hay que poner precio a la biodiversidad? sobre la valoración económica de la biodiversidad, oportunidades y riesgos.

Durante los dos días, se ha realizado un repaso desde todas las perspectivas que pueden afectar a esta valoración tan específica. Se han puesto sobre la mesa, argumentos a favor de los posibles beneficios de la valoración económica y monetaria, pero también los peligros que encierra ese tipo de lenguaje y las perversiones que puede conllevar un reduccionismo económico. 

A lo largo del seminario, pude ir enviando vía Twitter (@ARuizSalgado) algunas pinceladas de las diferentes intervenciones. Aunque la comprensión y selección de las ideas es forzosamente subjetiva he intentado prestar atención a todas las cuestiones que podían ser interesantes para los interesados en esta cuestión. Las ponencias y los videos serán puestas a disposición en breve por Ecologistas en Acción.

Como en todos los wicked problems, la ética de bases y los marcos mentales que dan forma a los conceptos y preocupaciones que guían nuestra forma de intentar comprender y dar respuesta a un problema social hacen imposible dar una respuesta simple a lo que es necesariamente complejo y radicalmente sociopolítico. Sin embargo, sí pueden extraerse planteamientos que deben afrontarse para enmarcar y situar la valoración económica en sus justos términos.

Estas ideas sobre valoración podrán servir de mimbres para construir junto con el marco teórico de la Evaluación de los Ecosistemas del Milenio en España, la vara de medir de las diferentes políticas, actuaciones y propuestas que se desarrollen para afrontar el cambio global a largo plazo.

¿Hay que poner precio a la biodiversidad?. Seminario sobre valoración económica de la biodiversidad, oportunidades y riesgos
30 de septiembre - 1 de octubre, 2011
Círculo de Bellas Artes C/ Alcalá 42, Madrid
Sala Valle Inclán, 5º Piso

Hoy toca salir del despacho, Seminario de @ecologistas y @FBiodiversidad ecologistasenaccion.org/article21322.h…

Introducción al TEEB (Economía de los Ecosistemas y la Biodiversidad). Antecedentes y expectativas. Benjamin Simmons. Jefe de la Unidad de Comercio, Políticas y Planificación Económica. PNUMA (Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente). Ginebra (Suiza).

Sep 30, 11:27am vía HootSuite
"[utilizar] La valoración económica depende de con quién estemos hablando" B. SIMMONS en seminario valoración económica de Ecologistas en Acción

Hacia una economía que tenga en cuenta el planeta y las personas. Aniol Esteban. Director del Área de Economía Ambiental. New Economics Foundation. Londres (Reino Unido).

"Somos muy malos convirtiendo el uso de recursos naturales en bienestar humano" A. ESTEBAN @NewEconomics en Seminario @ecologistas

A.ESTEBAN @neweconomics "Tenemos que dar respuesta conjunta a una triple crisis: ecológica, energėtica y económica" Seminario @ecologistas

Cerrando A. Esteban, cita Bateman: "Sin el medio ambiente estamos muertos, su valor es infinito" Seminario valoración económica @ecologistas

¿Por qué lo llaman valoración cuando quieren decir mercantilización? Pedro Lomas. Investigador en Ecología y Economía Ecológica. Universidad Autónoma de Madrid.
¿Por quė lo llaman valoración cuando quieren decir mercantilización? P. LOMAS en Seminario valoración económica @ecologistas

"Como no podemos modificar el modelo económico, se encaja la realidad en el modelo" P. LOMAS en Seminario @ecologistas
"El lenguaje no es un instrumento neutro de valoración porque condiciona preguntas a responder, reglas de juego,..." LOMAS en @ecologistas

LOMAS "No se trata tanto de fallos de mercado como de sus propios límites" en @ecologistas

"Las dimensiones ecológica (límites) y social (necesidades) deben ser las que dirijan la economía" LOMAS en seminario @ecologistas

Valoración económica de los ecosistemas y la biodiversidad: oportunidades y peligros del nuevo pragmatismo ambiental. Erik Gómez-Baggethun. Investigador en Economía Ecológica y asesor científico. Instituto de ciencia y tecnología ambiental. Universidad Autónoma de Barcelona.
Esperando la charla de Erick GÓMEZ-BAGGETHUM. ¿Nos hablará de economizar la ecología o ecologizar la economía" seminario @ecologistas

"3 tipos de afrontar desde el ecologismo la valoración: el creyente, el purista y el pragmätico" GÓMEZ-BAGGETHUM Seminario @ecologistas

"No se trata tanto de evitar la mercantilización, sino de poner límites al mercado y a la mercantilización" GÓMEZ-BAGGETHUM @ecologistas

"luces valoración: Explicitación dependencia social ecosistemas, modificación sistemas contables ,.." GÓMEZ-BAGGETHUM @ecologistas

"Sombras valoración: simplificación complejidad, reproduce lógicas de mercado y crecimiento económico,..." GÓMEZ-BAGGETHUM @ecologistas

"A veces el que algo tenga valor 0, no es un fallo de mercado, es porque hay una asimetría de poder" GÓMEZ-BAGGETHUM seminario @ecologistas

GÓMEZ-BAGGETHUM "No hay que confundir (y hay que evitar) pago por compensación y justificación del daño" seminario @ecologistas

la valoración económica no puede ser la única forma de valorar. hay que dar voz a otros lenguajes. ¿Qué pasa si no es rentable conservar. GÓMEZ-BAGGETHUM turno de preguntas @ecologistas 

Proyecto VANE: valoración de los activos naturales de España. Diego Azqueta. Director Científico del Proyecto. Catedrático de Teoría Económica. Universidad de Alcalá.
 "Hay ejemplos buenos de utilización del mercado para la conservación: ejemplo Riet Vell @SEO" www.rietvell.com Intervención persona público.

3 éticas valoración antrocéntrica extendida, de la Tierra, derechos naturaleza. Todas tienen sus limitaciones. AZQUETA sem. @ecologistas

No es posible sustituir capital natural por artificial. Conocer su valor total no es útil para la sosteniblidad, pero tiene mucha utilidad en micro y macroeconomía. En diferentes momentos AZQUETA seminario @ecologistas

AZQUETA comenta iniciativa Yasuní. Clave conocer coste de oportunidad, lo que dejado de ganar por conservar @ecologistas yasuni-itt.gob.ec/

AZQUETA "El precio es un voto sesgado porque depende del valor adquisitivo. Tiene que controlarse estos efectos". Seminario @ecologistas

El VANE no puede ni debe servir para calcular expropiaciones, ni aplicar ley de responsabilidad ambiental. AZQUETA en seminario @ecologistas

Instrumentos económicos y fiscales para la conservación de la biodiversidad. Ignasi Puig Ventosa. Director del Área de Economía Ecológica y Fiscalidad. Ent, Environment & Management. Barcelona.

"El mercado es incapaz de suministrar la cantidad "óptima" de bienes públicos (biodiversidad). Se requiere intervención pública: reglamentación, comunicación, gasto públicopúblico y/o incentivos" I. PUIG seminario @ecologistas

"La utilización de iniciativas fiscales de carácter ambiental es marginal a nivel estatal" I. PUIG seminario @ecologistas

"No hay que confundir PSAs con subvenciones públicas condicionadas. Los PSAs puros tienen poco recorrido en España" I. PUIG @ecologistas

"Los incentivos funcionan mejor si se aprueban con suficiente antelación, con amplia discusión y con una previsión de su evolución. Los tributos finalistas tienden a tener mejor aceptación" I. PUIG seminario @ecologistas 

El ‘Fetichismo de lo Visible’ en la evaluación de servicios de los ecosistemas. Berta Martín. Investigadora del laboratorio de socio-ecosistemas. Universidad Autónoma de Madrid.

Ahora, Berta Martín: "El fetichismo de lo visible" seminario valoración @ecologistas

MARTÍN "Círculo perverso: aumentan las medidas de conservación, pero aumentan impulsores indirectos y directos de degradación"@ecologistas

"Luces valoración económica: visibiliza conflictos sociales y trade-offs, ayuda toma decisiones, poder educativo e informativo" MARTÍN

"Sombras: valoración monetaria invisibiliza componentes clave de los ecosistemas para suministrar servicios" MARTÍN @ecologistas

"Sombras Cambia escala valores primando valor monetario, invisibiliza instituciones no formales comunitarias de gestión" MARTÍN @ecologistas

"valoración es mucho más que la valoración monetaria, también debe añadirse  evaluación biofísica y componentes ecológicos y culturales clave e instituciones no formales" MARTÍN @ecologistas

A pregunta sobre propuestas concretas, más en Evaluación de los Servicios Ecosistemas en España" MARTÍN @ecologistas

Respondiendo  a pregunta "los instrumentos económicos pueden servir si permiten empoderar a comunidades rurales, no pueden ser fin en sí mismo" MARTÍN @ecologistas

El papel de los pagos por servicios ambientales. Pablo Martínez de Anguita. Profesor de desarrollo forestal y rural. Universidad Rey Juan Carlos.
"El valor va más allá de la utilidad pero no hay que renunciar a la economía, puede ponerse al servicio de la conservación" MNEZ.ANGUITA

"Los PSAs tienen sentido cuando nos conducen a integrar los circuitos económicos en el resto de la realidad" MNEZ.deANGUITA @ecologistas

"Lo importante de los PSAs es que fomenten el desarrollo rural y la organización comunitaria" MNEZ.deANGUITA seminario @ecologistas

"El mayor reto en los PSAs está en conjugar el nivel estatal y local basándose en el ppio. de subsidiariedad ambiental" MNEZ.de ANGUITA

"La custodia del territorio es un instrumento perfecto para desarrollar los PSAs" MNEZ.de ANGUITA seminario @ecologistas

"la custodia del territorio se basa actualmente en filantropía, tiene que reconocerse socialmente a través de financiación estable" ANGUITA

"La decisión en PSAs es multicriterio, tan importante es la valoración como la organización misma del mecanismo" MNEZ.deANGUITA @ecologistas

Consecuencias sociales de los pagos ambientales. Nancy Arizpe, Universidad Autónoma de Barcelona (pendiente de confirmar).
"A nosotros no nos importaba conservar sin recibir dinero, pero nuestros hijos sólo quieren recibir dinero" citado por Nancy ARIZPE ¿Efectos sociales a corto plazo de los PSAs? Seminario @ecologistas


Debate


Debate: La valoración económica no aborda las causas de la pérdida de biodiversidad. No pone freno a impulsores indirectos de cambio. J.Grau

Debate "la valoración económica no puede ser la única herramienta porque el problema de pérdida de biodiv. no es sólo económico" M.ANGUITA



lunes, 26 de septiembre de 2011

Presentación Informe de resultados de la "Evaluación de los Ecosistemas del Milenio de España".


Hoy, 26 de septiembre, se ha presentado en el CaixaForum de Madrid, el informe de resultados del Proyecto "Evaluación de los Ecosistemas del Milenio de España".

La Evaluación de los Ecosistemas del Milenio de España, promovido por la Fundación Biodiversidad, constituye el primer análisis que se realiza sobre el estado y las tendencias de los servicios de los ecosistemas terrestres y acuáticos de España y a su contribución al bienestar de sus habitantes.

Hoy, 26 de septiembre, se ha presentado en el CaixaForum de Madrid, el informe de resultados del Proyecto "Evaluación de los Ecosistemas del Milenio de España". 

La Evaluación de los Ecosistemas del Milenio de España, promovido por la Fundación Biodiversidad, constituye el primer análisis que se realiza sobre el estado y las tendencias de los servicios de los ecosistemas terrestres y acuáticos de España y a su contribución al bienestar de sus habitantes.

El informe de síntesis puede descargarse en la web de la Fundación Biodiversidad y próximamente en la web del proyecto Ecomilenio. El informe completo estará también disponible en este último portal.

Aunque derivado del Millennium Ecosystem Assessment, la aplicación en España del marco conceptual e incluso la mejora de algunos conceptos, va a convertir este informe en un documento imprescindible para plantear el futuro de las políticas para la sostenibilidad.



Extractos del informe:

Mensajes clave de la Evaluacion de los Ecosistemas del Milenio de España

1.- Del buen funcionamiento de los ecosistemas de España y su biodiversidad depende el futuro social, cultural y económico de su población, ya que constituye la base biofísica o “capital natural” sobre el que se asientan el resto de capitales de origen humano.

2.- En los últimos 50 años los ecosistemas y la biodiversidad de España han sufrido un proceso acelerado y sin precedentes de alteraciones como resultado de la insostenibilidad del modelo de desarrollo económico predominante y el estilo de vida asociado al mismo.

3.- La interacción sinérgica entre el modelo económico y los patrones demográficos ha promovido drásticos cambios de uso del suelo que constituyen actualmente el principal impulsor directo que subyace al deterioro de los ecosistemas y la pérdida de biodiversidad.

4.- El 45% de los servicios de los ecosistemas evaluados se han degradado o se están usando insosteniblemente, siendo los servicios de regulación los más negativamente afectados.

5.- La creciente población urbana está promoviendo una explotación insostenible de servicios de abastecimiento tecnificados y ciertos servicios culturales demandados desde las ciudades, en detrimento de importantes servicios de regulación y servicios culturales asociados al medio rural, incrementando nuestra vulnerabilidad ante las previsibles perturbaciones naturales relacionadas con el cambio climático.

6.- Muchos aspectos del bienestar de la población española se están viendo negativamente afectados por el progresivo proceso de degradación que están experimentando los servicios de los ecosistemas.

7.- España no es autosuficiente respecto al suministro de algunos alimentos, fibras, agua y energía que su modelo económico demanda, dependiendo a día de hoy en aproximadamente un 30% de los servicios de abastecimiento y recursos geóticos procedentes de otros ecosistemas del planeta.
8.- La transición hacia la sostenibilidad en España pasa por lograr una gestión adaptativa del capital natural para el bienestar de su población, lo cual requiere de la adopción de medidas estructurales encaminadas a construir un nuevo marco de gobernanza que module las interacciones entre la sociedad humana y los ecosistemas y que redefina el verdadero papel de la economía en un modelo de desarrollo justo socialmente y sostenible en términos ecológicos.

9.- La actual crisis financiera constituye, paradójicamente, una “ventana de oportunidad” propicia para impulsar un cambio en nuestro modelo de desarrollo e iniciar una verdadera transición hacia la sostenibilidad.

[…] 

10. ¿Con qué estrategias y acciones podemos iniciar un proceso de transición a la sostenibilidad socioecológica de España?. De la ciencia aplicada a la aplicación de la ciencia.

- Una verdadera transición hacia la sostenibilidad de España requerirá de la adopción de nuevos paradigmas basados en la aceptación de los límites biofísicos de los ecosistemas de España, así como del desarrollo de aproximaciones integrales a la gestión de los ecosistemas y sus servicios que transciendan los enfoques sectoriales convencionales.

- La consolidación de la Ciencia de la Sostenibilidad, como disciplina centrada en el análisis de las interrelaciones dinámicas entre naturaleza y sociedad desde un enfoque transdisciplinario, contribuirá a sentar las bases y principios que permitan construir un proceso de desarrollo socialmente justo y ambientalmente sostenible.
- Una verdadera transición hacia la sostenibilidad sólo será viable bajo un nuevo marco institucional de gobernanza multinivel y sobre la base de un cambio en los valores y patrones de comportamiento a nivel social e individual.

- Para detener la degradación de los ecosistemas y la pérdida de biodiversidad en nuestro país será necesario desarrollar, de forma articulada e integradora, una “caja de herramientas” compuesta por medidas que vayan desde la legislación ambiental específica, hasta los incentivos económicos e instrumentos de mercado, las eco-tecnologías, la Planificación socioecológica del territorio, los modelos de cogestión adaptativa basados en la comunidad y, finalmente, las estrategias de educación para la sostenibilidad.

- El enfoque de los “servicios de los ecosistemas” abre una ventana de oportunidad para tender puentes y romper barreras entre las dos respuestas institucionales más importantes para la conservación de la biodiversidad y los ecosistemas que se han desarrollado recientemente en nuestro país: la Ley de Conservación de la Biodiversidad y el Patrimonio Natural y la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural.

[…]

11. ¿Cómo podemos gestionar el flujo de los servicios de los ecosistemas de España para asegurar el bienestar de su población?. ¿Qué hemos aprendido? Más fuerte juntos


- El desafío de la sostenibilidad en España pasa por la gestión adaptativa de su capital natural para el bienestar de su población. Se trata de un cambio de modelo cuyo objetivo central sea mantener la capacidad de los ecosistemas de suministrar servicios a la sociedad gestionando su integridad ecológica y su capacidad adaptativa (o resiliencia socioecológica) frente a sorpresas o perturbaciones de origen natural o antrópico.

- La alternativa a la insostenibilidad que el actual modelo de desarrollo ha provocado dependerá de la capacidad que tengamos como sociedad de transformar nuestro estilo de vida.

- La fuerza que están adquiriendo los movimientos sociales actualmente se interpreta como una clara señal de que la sociedad española se encuentra predispuesta a llevar a cabo cambios importantes desde la ventana de oportunidad que ha abierto la reciente crisis financiera.

- Solo a través de la participación se puede conseguir la cohesión social necesaria para alcanzar dicho cambio. La transición hacia la sostenibilidad pasa por la conciencia individual y por un mayor conocimiento sobre los vínculos naturaleza-sociedad que hagan entender al ciudadano las consecuencias globales que sus decisiones cotidianas tienen sobre los ecosistemas locales, regionales y de todo el planeta, así como sobre su propio bienestar.

- El proceso de transición hacia la sostenibilidad propuesto pasa por cambiar la concepción actual del urbanismo y el modo de vida de las ciudades españolas, las cuales deben ser rediseñadas como unidades suministradoras de servicios en un contexto territorial a través de redes socioecológicas de áreas verdes que potencien la cohesión social y la reconexión con la naturaleza.

- Luchar contra la amnesia ecológica -que nos hace olvidar que formamos parte de los sistemas ecológicos y que dependemos de ellos para todo- así como contra la anestesia tecnológica –que nos hace reposar la esperanza en un optimismo ciego hacia las tecnologías presentes y futuras será fundamental para promover el cambio social que desde el cambio individual alimenten la tan necesaria transición hacia la sostenibilidad.